Respuesta Directa Legal
Un falso autónomo es un trabajador por cuenta ajena encubierto. Si estás sometido a los horarios y directrices de una empresa, la ley (Art. 1 ET) considera que existe una relación laboral real. Al demandar, logras que te hagan indefinido, te apliquen tu convenio colectivo y te devuelvan las cuotas de autónomos pagadas indebidamente.
El fraude laboral más extendido de la última década
Obligar a los profesionales a darse de alta en el RETA para trabajar es un mecanismo de las empresas para ahorrar miles de euros en cotizaciones sociales a costa de tus derechos. Pierdes derecho a vacaciones pagadas, pierdes tu prestación de paro ordinaria y pierdes indemnización por despido. En Diego Antúnez Cruz somos implacables desenmascarando este fraude.
Las notas de laboralidad: ¿Eres Falso Autónomo?
- Dependencia: No tienes libertad organizativa. La empresa te fija la hora de entrada y salida, asistes a reuniones obligatorias, debes justificar ausencias y estás sujeto al poder sancionador de un "jefe".
- Ajenidad: El local es de la empresa, el software es de la empresa. Los clientes son suyos y tú no asumes el riesgo de si el cliente final paga o no paga, a ti la empresa te paga a mes vencido.
- Exclusividad de facto: Cobras el 100% (o casi) de la misma mercantil. Usas tarjetas de visita o correo electrónico corporativo con su dominio (ej. tunombre@laempresa.com).
¿Qué conseguimos en los Tribunales?
Nuestra demanda exige el reconocimiento inmediato de la relación laboral. Las consecuencias para ti son inmensas: te conviertes en personal fijo con la antigüedad de tu primera factura. La Seguridad Social obliga a la empresa a pagar tus cotizaciones atrasadas (y a ti te devuelven tus pagos al RETA). Si la empresa te deja de contratar de repente, lo demandaremos como despido improcedente o nulo.